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AMLO prohíbe novatadas, maltratos y relaciones sexuales en Educación Militar Naturaleza Aristegui

Agregan más causales de expulsión dentro del sistema educativo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

  • Redacción AN/ SBH
05 Aug, 2024 18:42
AMLO prohíbe novatadas, maltratos y relaciones sexuales en Educación Militar
FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM

El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para fortalecer las medidas de disciplina en los  planteles de educación militar, con medidas tanto para las autoridades como a los alumnos.

La actualización al reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos sanciona con la baja realizar maltrato físico, de palabra, de hecho o psicológico a estudiantes.

De igual forma, es expulsión asistir a la institución en estado de ebriedad o tomar bebidas embriagantes en las instalaciones o actividades oficiales.

FOTO: DANIEL AUGUSTO/ CUARTOSCURO.COM

Según las nuevas fracciones, se sancionan con expulsión las siguientes conductas:

-Introducir, poseer, inhalar, fumar, usar o ingerir cualquier tipo de narcótico.

-Estar en un caso médico legal, consistente en la alteración de la salud o estado físico.

-Estar involucrado en un “caso relevante” que ponga en entredicho la imagen y el prestigio de la Institución Educativa o del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

-Publicar, exponer, exhibir, distribuir, grabar o divulgar fotografías o imágenes en redes sociales de personal militar, dentro o fuera de instalaciones militares, uniformados, de civil o con prendas o accesorios del uniforme que contengan signos o señas inequívocas sobre su identidad castrense, o con contenido corporal, sexual, real o simulado que afecten, además de la disciplina militar, el prestigio o imagen de la Institución Educativa o de Sedena.

-Tener relaciones sexuales consensuadas dentro de la Institución Educativa o en donde se le haya designado su alojamiento.

-Llevar a cabo conductas de hostigamiento y acoso sexual, acreditadas por el Comité de la Defensa Nacional.

-Contar con sentencia ejecutoria en la que se le imponga la pena de prisión.

-Realizarse tatuajes en lugares visibles o en una superficie mayor de 10 x 10 centímetros.

-Realizarse perforaciones en cualquier parte del cuerpo, con excepción de las horadaciones lobulares permitidas al personal femenino.

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