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Cinco claves para entender el complicado proceso abierto por la ONU ante las desapariciones forzadas en México

El Comité contra la Desaparición Forzada (CED) anunció su decisión de activar ese artículo para llevar ante la asamblea general de la ONU el caso de las desapariciones forzadas en México.

  • Redacción AN / ARF
24 Apr, 2026 12:06
Cinco claves para entender el complicado proceso abierto por la ONU ante las desapariciones forzadas en México

Por Marcos Martínez Chacón*

La reciente visita a México del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONUDH), Volker Türk, despertó altas expectativas entre las organizaciones civiles y madres buscadoras sobre lo que diría en torno a la crisis de desaparecidos en el país.

Para muchas de las familias de las víctimas de desaparición, las declaraciones finales de Türk no fueron lo suficientemente contundentes para respaldar la activación del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

Apenas el mes pasado, el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) anunció su decisión de activar ese artículo para llevar ante la asamblea general de la ONU el caso de las desapariciones forzadas en México.

Lo anterior lo resolvió el comité luego de que sus 10 integrantes encontraron evidencia suficiente de que las desapariciones forzadas ocurren de forma “generalizada” y “sistemática” en México. Cuando se cumplen estas dos últimas categorías, la misma convención establece que deben considerarse crímenes de lesa humanidad.

Las desapariciones forzadas son definidas por la convención como “la detención, privación de libertad o secuestro cometido” por funcionarios o “por personas o grupos que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer la privación de libertad o a revelar la suerte o el paradero de la persona desaparecida”.

1. Resolución del CED llega en medio de una crisis en la ONU

La activación del artículo 34 por parte del comité, compuesto por 10 expertos independientes, llegó en un momento crucial para el país, justo cuando el gobierno federal busca reinterpretar las cifras de desapariciones.

Apenas en marzo, el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum presentó una nueva interpretación de los más de 132,000 registros de personas desaparecidas. Según el gobierno federal, del total de registros sólo el 33%, es decir poco más de 43,000 de los casos, se consideran “sin actividad”.

Del resto, el 36% tiene “datos insuficientes” y el 31% sí ha tenido “actividad” tras su reporte de desaparición, es decir, que, según el gobierno, se cuenta con evidencia de que han acudido a algún hospital, han votado o se vacunaron contra el covid-19.

Colectivos de búsqueda criticaron esa reinterpretación de los datos como un intento del gobierno para “rasurar” el registro de personas desaparecidas.

Pero la decisión del CED también llegó en un momento crítico para la ONU en materia financiera y operativa.

Esa crisis se desprende en particular de la hostilidad del gobierno de Donald Trump en contra de la ONU y de los preceptos que la originaron tras su conformación luego del fin de la Segunda Guerra Mundial en 1948.

En 2025, por ejemplo, el gobierno de Trump redujo sus aportaciones a 2 mil millones de dólares, una caída drástica en comparación con las contribuciones de alrededor de 17 mil millones de dólares que regularmente entregaba a las agencias de la ONU.

Esa postura del gobierno de Trump se ha alineado particularmente con las visiones contrarias al multilateralismo que por décadas han sostenido otros líderes de corte autoritario como el mandatario ruso, Vladimir Putin, o el saliente presidente de Hungría, Víktor Orban.

2. ¿Por qué el CED actuó hasta ahora?

Desde que México ratificó formalmente la convención de la ONU en materia de desaparición forzada en 2008 se convirtió en terreno fértil para las acciones del CED.

La misma convención, que fue adoptada por la asamblea general en 2006, establece que sus estatutos son de carácter vinculante para los Estados firmantes.

El CED, como órgano observador del cumplimiento de los estatutos de la convención en la materia, alertó en varias ocasiones a México sobre su preocupación en torno a las desapariciones forzadas en el país.

Por ejemplo, en 2015 ya había advertido que en México ocurrían desapariciones forzadas de manera generalizada. Pero tras su visita del CED en 2021, el órgano elevó el tono sobre la situación hasta culminar con la resolución de activar el artículo 34.

La administración de Sheinbaum respondió desde un primer momento de forma virulenta, rechazando las conclusiones del CED. La postura de Sheinbaum hasta ahora ha sido la de no reconocer la problemática como una crisis.

Tan sólo este miércoles, luego de la visita del Alto Comisionado Turk, Sheinbaum rechazó la pregunta de una periodista que le cuestionó si la situación de desapariciones en México constituye una crisis.

“Las preguntas, como las hacen, quieren que la presidenta diga cosas”, respondió Sheinbaum a la pregunta de si “hay una crisis” de desaparecidos.

3. El dilema de la ONU ante la hostilidad de Trump

No es un hecho menor que la decisión del CED llegue en el contexto actual tanto nacional como internacional.

Por un lado, la ONU tiene menos recursos que nunca y, por el otro, México se encuentra entre los principales Estados que aún mantienen sus contribuciones hacia la organización.

Lo anterior coloca a la ONU en un aprieto. ¿Debe mantener la diplomacia desde sus agencias mientras somete a México a un bochornoso proceso? ¿O debe elevar el tono y exigir a México que acate los compromisos que asumió al ratificar la convención en la materia?

La pregunta no es menor, sobre todo tomando en cuenta las declaraciones de Turk tras la visita concluida este miércoles. Durante su estancia en México, el funcionario sostuvo encuentros con organizaciones civiles, víctimas y con Sheinbaum y sus funcionarios.

No hay que perder de vista que las agencias de la ONU, incluida la ONUDH que encabeza Turk, nunca antes se habían enfrentado a una crisis financiera como la actual.

Según cifras oficiales, desde el año pasado, mientras Estados Unidos reducía los fondos a la ONU, la organización comenzó un proceso de recortes de personal drásticos a nivel global.

En México, por ejemplo, la oficina del Alto Comisionado ha visto reducido su personal de forma drástica en meses recientes.

Tal vez esa sea la razón por la que Turk se refirió en un tono positivo a la reforma judicial, que fue en su momento cuestionada por la Relatora de la ONU sobre independencia judicial, Margaret Satterthwaite, quien señaló que ponía en riesgo la independencia de los jueces.

También ese podría ser el motivo por el cual Turk cerró su mensaje de la siguiente forma: “Quiero terminar reconociendo el importante papel de México como actor regional y global en apoyo del multilateralismo y del sistema internacional de derechos humanos. Su compromiso y participación activa en el sistema de las Naciones Unidas deben destacarse y servir de ejemplo.”

4. Aguas no exploradas

La determinación por parte del CED es, por sí misma, inédita. Lo anterior convierte al proceso de activación en un proceso nunca antes implementado y por lo tanto en un territorio inexplorado para el sistema de la ONU.

Incluso, al día de hoy no está claro si existen o ya se han redactado los lineamientos que deberían regular el proceso de implementación del artículo 34.

La ausencia de estos lineamientos ha sido uno de los principales cuestionamientos planteados tras bambalinas por la diplomacia mexicana en contra del CED ante distintas agencias de la ONU, según fuentes conocedoras de las conversaciones entre ambas partes.

Sin embargo, eso no detuvo al CED al momento de solicitar que el caso mexicano sea llevado por Guterres, ante la asamblea general. Falta ver si en la próxima sesión de la asamblea Guterres, quien concluye su gestión el 31 de diciembre de este año, hará referencia directa a la resolución del CED.

Por el momento, Juan Pablo Albán, presidente del CED, dijo en una publicación en X tras las visita de Turk que la resolución del comité en sí misma ya llevó el caso ante la asamblea general y que no era necesaria la intervención de Guterres.

“Este mecanismo responde a un cauce procedimental previsto en el tratado y no confiere al secretario general facultad discrecional para decidir sobre su transmisión a la Asamblea ni para retener la decisión adoptada por el Comité”, escribió Albán.

“En ese marco, la cuestión ha sido ya elevada a la Asamblea General por intermedio del Secretario General”.

5. México ante la jurisdicción universal

La decisión del CED también ha abierto incógnitas sobre qué sigue una vez que la asamblea general analice el caso de las desapariciones forzadas en México.

Según analistas, el caso podría pasar a manos del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, compuesto por 47 Estados que encargados de promover y proteger los derechos humanos.

Pero no está claro qué acciones podría tomar el consejo en caso de que México continúe rechazando las recomendaciones del CED.

En el documento emitido por el CED, el comité recomendó a la asamblea brindar cooperación técnica, financiera y asistencia “en las áreas de búsqueda, análisis forense, e investigación exhaustiva de las alegaciones de desapariciones forzadas y de vínculos entre servidores públicos y el crimen organizado”.

También el comité dijo que la asamblea debía tomar acciones para “establecer un mecanismo eficaz para esclarecer la verdad y proporcionar asistencia y protección a las familias que buscan a sus seres queridos, así como a las organizaciones y defensores que las apoyan”.

Pero, de acuerdo con expertos, además de estas acciones, el hecho de que las desapariciones forzadas en México sean ya consideradas crímenes de lesa humanidad por su carácter generalizado y sistemático abre además la posibilidad de que los casos puedan ser juzgados a la luz de la jurisdicción universal.

De acuerdo con organizaciones de defensa de derechos humanos como Amnistía Internacional, la jurisdicción universal abre la puerta para que crímenes de lesa humanidad puedan ser juzgados, por ejemplo, por tribunales internacionales especiales o tribunales híbridos.

Esta podría ser una vía para que funcionarios, exfuncionarios o particulares mexicanos involucrados en desapariciones forzadas respondan ante tribunales en el exterior en caso de que la justicia mexicana no actúe para castigarlos.

Ante los niveles de impunidad -sobre la que sí habló Turk- y la inoperancia de las fiscalías en México vale la pena pensar si esta sería la única oportunidad para que los responsables de las desapariciones forzadas sean castigados y, por fin, las familias de las personas desaparecidas encuentren justicia.

*El autor es periodista enfocado en derechos humanos y estudiante de la maestría en Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana en la Ciudad de México.

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